Cómo solicitar las ayudas para autónomos de la Comunidad de Madrid por el coronavirus COVID 19

Cómo solicitar las ayudas para autónomos de la Comunidad de Madrid por el coronavirus COVID 19 1024 683

Son muchos los autónomos que de manera directa o indirecta se han visto afectados por el coronavirus COVID 19. Desde este viernes 27 de marzo, se pueden solicitar las ayudas que ofrece la Comunidad de Madrid a través de su portal web si se cumplen ciertos requisitos. Como otros muchos profesionales, los traductores e intérpretes jurados de Madrid podemos efectuar parte de nuestra actividad online, pero otra parte se ha visto paralizada por el impacto del coronavirus. Por ello, desde Decalero hemos decidido crear y difundir este post para ayudar a que la información se propague y llegue a todos aquellos que lo necesiten.

A continuación, resumimos cómo solicitar estas ayudas y los requisitos para solicitarlas.

¿Quiénes pueden ser beneficiarios y qué requisitos son necesarios para solicitarla?

Podrán ser beneficiarios de esta ayuda los trabajadores autónomos que hayan visto afectada su actividad como consecuencia de la emergencia sanitaria ocasionada por el coronavirus COVID-19, y que además:

  1. desarrollen su actividad en el territorio de la Comunidad de Madrid;
  2. se encuentren dados de alta en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, hayan tenido o no, en su caso, que suspender su actividad temporalmente;
  3. permanezcan de alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos durante, al menos, los doce meses siguientes a la presentación de la solicitud;
  4. estén al corriente de las obligaciones tributarias con la Administración del Estado y de la Comunidad de Madrid, y con la Seguridad Social.

¿Cuál es la cuantía de la ayuda?

Se podrá optar a una cuantía máxima equivalente a 12 meses de la base mínima de cotización a la Seguridad Social, es decir, a un máximo de 3.200 euros.

¿Qué documentos hay que presentar?

  • formulario de Solicitud de Ayudas del Programa Impulsa para autónomos en dificultades cumplimentado y firmado;
  • alta en el Impuesto de Actividades Económicas. Modelo 037 o 036.
  • Recibo bancario justificativo del pago de la cotización a la Seguridad Social correspondiente al último mes;
  • documentación acreditativa de haber realizado un Plan de Prevención de Riesgos Laborales o, en su caso, escrito de justificación de estar exento de su realización;
  • documentación acreditativa que permita constatar que la actividad se ha visto afectada por la emergencia sanitaria ocasionada por el coronavirus COVID-19.

¿Dónde se puede solicitar?

La ayuda forma parte del Programa Impulsa para autónomos en dificultades. Se puede tramitar la solicitud desde el portal de la Comunidad de Madrid, haciendo clic en este enlace.

¿Dónde puedo encontrar información más detallada?

En el BOCM podrás encontrar la publicación oficial en la que aparece detallada toda la información, haciendo clic en el siguiente enlace.

Además, la Asociación de Trabajadores Autónomos (ATA) ha elaborado una guía con información para preparar la solicitud de la ayuda: podrás encontrarla en este enlace.

¿Qué otras cuestiones hay que tener en cuenta antes de solicitarla?

Hay que tener en cuenta que la cuantía máxima es de 3.200 euros, es decir, parece ser que dependiendo de la situación particular se podría asignar una cantidad menor. Además, se deberá permanecer de alta en el RETA durante, al menos, los doce meses siguientes a la presentación de la solicitud.

Por otro lado, estas ayudas han sido dotadas de un fondo de 5 millones de euros, pero hay más de 400.000 autónomos en la Comunidad de Madrid, por lo que no será fácil acceder a ellas y la Administración se reserva un plazo de seis meses para resolver sobre las solicitudes desde su fecha de presentación.

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Desde Decalero traducciones e interpretaciones juradas hemos querido publicar este post para ayudar aclarar la incertidumbre que se ha generado entorno a estas ayudas y ayudar a que lleguen a todos los traductores e intérpretes, así como a otros profesionales autónomos que lo necesiten. La información completa se puede consultar en la publicación oficial del BOCM que se ha indicado anteriormente.

¿Te ha sido útil este post? ¿Crees que falta alguna información relevante que pueda ser de ayuda a otros compañeros? ¿Tienes alguna duda sobre cómo solicitar las ayudas de la Comunidad de Madrid? Por favor, no dudes en dejar tu comentario y compartir para ayudar a que la información llegue a aquellos profesionales que lo necesiten.

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